El Reglamento Europeo 260/2012 establece que a partir de Febrero del 2014 parte de los actuales instrumentos de pago nacionales, no podrán ser utilizados y deberán adaptarse a la normativa SEPA.
Los principales cambios que comporta adecuarse a SEPA son:
1.- La identificación de la cuenta bancaria, se utilizará la cuenta IBAN en lugar del CCC habitual. La cuenta IBAN es el Número Internacional Cuenta Bancaria.
2.- Se utilizará el código BIC para identificar el Banco, nuevo código de 11 dígitos en que se identifica el país, el banco, oficina y provincia. El valor BIC es asignado directamente por las entidades bancarias.
3.- Las remesas de pago de nómina mediante transferencias bancarias y/o talón pasan de Norma 34 a Transferencia SEPA.
4.- Los ficheros de comunicación bancaria para las transferencias bancarias de nóminas pasan de fichero plano (txt) a Fichero XML según normativa ISO 20022.