Novedades
- Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y deducción por la instalación de puntos de recarga
Se actualizan las deducciones por adquisición de vehículos eléctricos y por la instalación de puntos de recarga según nuevos campos requeridos en el borrador del modelo 100 del ejercicio 2023.
- Cambio legal - Deducciones autonómicas
Se actualiza la regulación de las deducciones autonómicas de la siguiente autonomía:
-
Illes Balears según Ley 11/2023, 23 de noviembre, de modificación del Decreto legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de comunidad autónoma de les Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado.
-
- Cambio legal - Mínimo personal y familiar autonómico
MADRID
Ley 13/2023, de 15de diciembre, por la que se modifica el Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado
Mínimo personal y familiar:
- Mínimo por contribuyente:
- Con carácter general, el mínimo del contribuyente será de 5.956,65 euros anuales.
- Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.234,26 euros anuales.
- Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.502,58 euros anuales.
- Mínimo por descendiente:
- 2.575,85 euros anuales por el primero.
- 2.897,83 euros anuales por el segundo.
- 4.400 euros anuales por el tercero.
- 4.950 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se aumentará en 3.005,16 euros anuales.
- Mínimo por ascendiente:
- Con carácter general, por cada ascendiente, el mínimo será 1.234,26€ anuales.
- Cuando el ascendiente sea mayor de 75 años, el mínimo anterior se aumentará en 1.502,58 euros anuales.
- Mínimo por discapacidad:
- El mínimo por discapacidad será de 3.219,81€ anuales cuando acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
- Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.219,81€ anuales por cada uno que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida.
- El mínimo por discapacidad será de 9.659,44€ anuales cuando acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
- Mínimo personal y familiar:
-
Mínimo por contribuyente:
-
Con carácter general, el mínimo del contribuyente será de 5.550 euros anuales.
-
Cuando el contribuyente tenga una edad superior a 65 años, el mínimo se aumentará en 1.265euros anuales.
-
Si la edad es superior a 75 años, el mínimo se aumentará adicionalmente en 1.540 euros anuales.
- Mínimo por descendiente:
- 2.400 euros anuales por el primero.
-
2.970 euros anuales por el segundo.
- 4.400 euros anuales por el tercero.
- 4.950 euros anuales por el cuarto y siguientes.
- Mínimo por ascendiente:
-
Con carácter general, por cada ascendiente, el mínimo será 1265€ anuales.
-
Cuando el ascendiente sea mayor de 75 años, el mínimo anterior se aumentará en 1.540 euros anuales.
ILLES BALEARS
Ley 11/2023, de 23 de noviembre, de modificación del Decreto legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado
Cuando el descendiente sea menor de tres años, el mínimo se aumentará en 2.800 euros anuales.
- Mínimo por discapacidad:
- El mínimo por discapacidad será de 3.300€ anuales cuando acredite un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
- Dicho mínimo se aumentará, en concepto de gastos de asistencia, en 3.300€ anuales por cada uno que acredite necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida.
- El mínimo por discapacidad será de 9.900€ anuales cuando acredite un grado de minusvalía igual o superior al 65%.
- Mínimo por contribuyente:
- Cambio legal - Escala de gravamen autonómica
Se establece nueva escala de gravamen general autonómica para el ejercicio 2023 en las siguientes autonomías:
ARAGON
MADRID
- Impuesto sobre patrimonio
ARAGON
Para el ejercicio 2023, el mínimo exento se establece en 700.000€.